No confundss esta ayuda con la Convocatoria General de estudios del Ministerio de Educación (beca MEC).
Para solicitar la Beca MEC para alumnos con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo del curso 2020-2021 lo primero que debemos tener en cuenta es el plazo de presentación: hasta el 30 de septiembre del 2020. ¡Así que recuerda bien esta fecha, 30 de septiembre!
Pasado este plazo sólo podrá presentarse en aquellos supuestos extraordinarios en los que se acredite documentalmente la aparición de la necesidad educativa especial con posterioridad al plazo. En este caso, la solicitud se entregará directamente en la unidad de becas correspondiente.
¿Qué ayudas individualizadas (Beca MEC 2020-2021) se convocan para el curso 2020-2021?
- Ayudas directas para los alumnos incluyendo a los afectados por TDAH (Trastorno por Déficit de Atención por Hiperactividad) que requieran por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta. Solo los alumnos con TDAH que tengan una Valoración Psicopedagógica realizada por el equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación del centro escolar en la que se recoja que el alumno tiene Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (N.E.A.E.) podrán beneficiarse de las mismas.
- Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta para familias numerosas. También podrán ser beneficiarios de subsidios los alumnos afectados por TEA (Trastorno del espectro autista), pertenecientes a familias numerosas, no incluidos en el párrafo anterior, y que requieran de atenciones especiales.
- Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.
¿Cómo se presenta?
Entra en la siguiente dirección https://sede.educacion.gob.es/tramite/login/inicio.jjsp?idConvocatoria=1399 de la «Sede Electrónica del MEC«, para solicitar la beca:
Tenemos dos opciones: no estar registrado y estar registrado:
OPCIÓN 1: No estar registrado
Si el solicitante no está registrado debido a que no se pidió beca en años anteriores, hay que entrar en “Regístrese” y seguir las instrucciones. Lo normal es con la opción “Registro de Persona Física”.
Los menores de 14 años podrán registrarse con el documento identificativo del padre, madre o tutor legal.
Los mayores de 14 años, deben poseer DNI y registrarse con el mismo.
Es importante que se asegure de que todos los datos son correctos, accesibles en cualquier momento y que los guarde en lugar seguro, ya que serán los datos que utilizará para acceder a la Sede más adelante y los utilizará el Ministerio para contactar con usted. Además, le enviarán un mensaje para activar la cuenta.
Si no recibe el mensaje, asegúrese de que no está entrando en la carpeta «spam» o «correo electrónico no deseado».
Una vez recibido el mensaje y activada la cuenta, ya puedes entrar en la Sede Electrónica como indicamos a continuación.
OPCIÓN 2: Estar registrado
Si ya estás registrado, porque has seguido los pasos anteriores o porque solicitaste beca en años anteriores por esta vía, puede acceder con su DNI y contraseña.
Una vez entres, debes acceder al trámite pulsando en el botón que verás a continuación:
Podemos ver la información general y «Dar de alta» la solicitud cumplimentando los siguientes datos:
- Hoja 1: completamos los datos personales del alumno, domicilio y datos bancarios y académicos. Si el alumnos tiene reconocida una discapacidad del 33% o superior marcaremos Sí en el apartado de “Discapacidad”
- Hoja 2: iremos reflejando todos los miembros de la unidad familiar (padres, hermanos menores de 25 años o mayores con discapacidad, y los abuelos que justifiquen residencia en el domicilio) distintos al solicitante pulsando en “guardar familiar”. Si alguno fue autónomo o tuvo más del 50% de participación en una empresa nos solicitará que añadamos los ingresos brutos.
- Hoja 3: datos de la familia numerosa y grado de minusvalía. Recuerde que todas estas situaciones específicas debe acreditarlas documentalmente al presentar la solicitud.
- Hoja 4: Solo en el supuesto de que el padre, madre, o representante legal del alumno autoricen al director del centro en el que esté matriculado el alumno beneficiario para que éste último perciba la ayuda a través de la cuenta corriente de dicho centro. Además, podremos indicar todos los comentarios y observaciones que consideremos en este apartado. Dicha autorización deberá manifestarse por escrito y en el espacio reservado para ello, y ser firmada por la persona que ostente la patria potestad. En esta hoja también podemos hacer constar en el apartado de «observaciones», todas aquellas indicaciones, comentarios, etc. que consideremos oportunas.
A continuación, puedes comprobar que todos los datos son correctos, pulsando en los números que indican las hojas del mismo y, si estamos de acuerdo, pulsaremos ACEPTAR.
Procedimiento de presentación de la beca
Una vez cumplimentada la solicitud telemática, si el solicitante tiene certificado electrónico, podemos completar el proceso si tenemos cualquiera de los certificados electrónicos que nos pide. Hay que adjuntar, además, toda la documentación escaneada que se nos haya requerido en formato pdf.
En el supuesto de que no se disponga de certificado electrónico podrá cumplimentar la solicitud online e imprimir una copia de la misma en pdf y presentarla firmada junto con el resto de la documentación en el centro educativo donde vayan a realizar el curso 2020-2021 (siempre antes del 30 de septiembre).
Aquellos alumnos que no hubiesen obtenido reserva de plaza el curso 2020-2021 en un centro adecuado a sus necesidades, podrán presentar las solicitudes directamente en las direcciones provinciales del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
La respuesta del Ministerio a las solicitudes se realizará por medio de un SMS (si la familia autoriza un aviso a su teléfono móvil) o por correo electrónico.
¿Qué pasa si te has equivocado al rellenar algún dato?
- Si has cometido algún error y todavía está en borrador no hay problema. Entra y la modificas.
- Si ya ha pulsado «enviar», puede entrar y presentar una nueva (la que vale es la última presentada).
Entre en la Sede Electrónica, busca la beca presentada en el apartado «mis trámites» y verá que encima de la solicitud figura la siguiente opción: «Si ha presentado solicitudes y no está conforme con los datos y desea presentar una nueva solicitud, pinche aquí«. Al pinchar accederemos a una nueva solicitud.
Recuerda que hasta el 30 de septiembre tiene de plazo para presentar la beca.
REQUISITOS PARA PRESENTAR LA BECA
1. Presentar necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta siempre que dicha necesidad haya sido acreditada por alguna de las siguientes vías:
- Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma
- Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente
- Certificado de discapacidad
2. Tener cumplidos dos años de edad a 31 de diciembre de 2019. Excepcionalmente, podrán concederse ayudas a alumnos menores de dos años siempre que los equipos correspondientes certifiquen la necesidad de escolarización más temprana por razón de las características de la discapacidad.
3. Estar escolarizado en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, que hayan sido creados o autorizados definitivamente como tales por la administración educativa competente, en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
4. Estar cursando alguno de los siguientes niveles educativos:
a) Educación Infantil.
b) Educación Primaria.
c) Educación Secundaria Obligatoria (ESO).
d) Bachillerato.
e) Ciclos formativos de grado medio y superior.
f) Enseñanzas artísticas profesionales.
g) Formación Profesional Básica
h) Programas de formación para la transición a la vida adulta.
También pueden solicitarla los que tengan necesidad específica de apoyo educativo «asociado a altas capacidades intelectuales» en los siguientes niveles:
- Educación Primaria.
- Educación Secundaria Obligatoria (ESO)
- Bachillerato.
- Ciclos formativos de grado medio y superior.
- Enseñanzas artísticas profesionales
5. Además para obtener el subsidio se requerirá ser miembro de familia numerosa de cualquier categoría, de acuerdo con la normativa vigente a fecha 31 de diciembre de 2019.
6. Las solicitudes que incluyan la petición de la ayuda a “Reeducación pedagógica o del lenguaje” deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
1º Certificación expedida por el inspector de la zona en la que se acredite:
a)- La necesidad de recibir estos tratamientos por la inexistencia o insuficiencia de la atención pedagógica proporcionada por el centro en el que está escolarizado el alumno solicitante, para cuya valoración podrán servir de referencia las horas
consignadas en el informe del equipo de orientación que se menciona en el apartado
b)- La inviabilidad de matriculación del alumno solicitante en un centro que disponga del servicio de reeducación requerido.
2º.-Informe específico del equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación en el que se detalle la asistencia educativa y las horas semanales que se consideren necesarias para su corrección, así como, en su caso, las prestadas por el centro, la duración previsible de la misma y las condiciones que garanticen su prestación.
3º.- Memoria expedida por el centro o reeducador que preste el servicio en la que conste información detallada de las características del mismo, incluyendo número de horas semanales y especialista que lo presta así como del coste mensual. A los efectos de la determinación de la cuantía de la ayuda a conceder, se considerará, como máximo, el coste devengado durante los 10 meses del curso escolar.
4º.- Declaración responsable de la persona que imparta la reeducación pedagógica o del lenguaje de que reúne los requisitos de formación exigidos en el apartado 1 del artículo 6 del Real Decreto 476/2013, de 21 de junio, por el que se regulan las condiciones de cualificación y formación que deben poseer los maestros de los centros privados de educación infantil y de educación primaria o que se encuentra en posesión de alguno de los requisitos establecidos en las letras a) o b) del apartado 2 del citado artículo. A estos exclusivos efectos, se considerarán asimilados a los anteriores, los titulados en Psicología que acrediten experiencia profesional en reeducación pedagógica o del lenguaje para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo.
Para más información puedes pinchar aquí: http://www.educacionyfp.gob.es/servicios-al-ciudadano/catalogo/estudiantes/becas-ayudas/para-estudiar/formacion-profesional/necesidad-especifica-apoyo-educativo
Contact A3 Policlínica Huércal Overa, we will be happy to help you!!!
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